Multan con $5 millones a WhatsApp por sus cláusulas de privacidad
La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (DNDC) determinó que los puntos “no cumplen con el deber de brindar información cierta, clara y detallada”.
El Ministerio de Desarrollo Productivo multó a la empresa Facebook Argentina SRL por $5 millones. Esta sanción es por la inclusión de cláusulas abusivas en sus Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del servicio WhatsApp.
Por esto, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (DNDC) determinó que las cláusulas “no cumplen con el deber de brindar información cierta, clara y detallada”. En este caso, se cometió una infracción a los artículos 4° y 37° de la Ley de Defensa del Consumidor.
Explicaron que: “resultan abusivas ya que la firma se desliga de sus obligaciones al limitar su responsabilidad por daños, restringir los derechos del consumidor y, por lo tanto, ampliar los de la empresa”.
Esas cláusulas destacan que la empresa debe modificar los términos del contrato y rescindir el contrato sin causa y sin que medie incumplimiento del consumidor, señaló el Ministerio de Desarrollo Productivo en un comunicado.
Además, detectaron una cláusula de prórroga de jurisdicción, que le otorga al proveedor la facultad exclusiva de elegir el tribunal competente para la resolución de conflictos, cuando la normativa establece lo contrario.
Por esto, los usuarios de Argentina deberían ante un problema recurrir al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California o un Tribunal Estatal ubicado en el condado de San Mateo en California.
La empresa incumpliría con el deber de brindar información clara, ya que establece que la única versión válida al momento de dirimir un conflicto es la escrita en idioma inglés y las traducciones no tienen carácter oficial.