Villa Santa Rosa exhumará restos sepultados que tengan deuda vencida y sin mantenimiento
El municipio lo comunicó por medio de un edicto a responsables y titulares. Tienen 30 días antes de que «desalojen» lo que queda de personas fallecidas.
El municipio de Villa Santa Rosa compartió un edicto para titulares, responsables de nichos o sepulturas, informando que, debido a deudas y falta de mantenimiento, van a retirar restos del cementerio.
Detallaron que, de acuerdo con la Ordenanza 482/2002., las razones son las siguientes:
- Deuda acumulada por falta de pago a servicios de conservación, desinfección, entre otros por 5 años o más
- Vencimiento de plazo por no renovar concesiones, teniendo algunas más de 20 años
- Mal estado de nichos por abandono y falta de conservación edilicia
“INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE LA TASA MUNICIPAL ANUAL DE SERVICIO DE CONSERVACION, DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA Y OTROS COMPLEMENTARIOS DEL CEMENTERIO PREVISTAS EN ORDENANZA TARIFARIA VIGENTE, conforme lo dispuesto por los arts. 29/30 de la Ordenanza 482/2002., correspondiente a CINCO O MAS PERIODOS ANUALES, PESE A LOS REITERADOS REQUERIMIENTOS DE PAGO EFECTUADOS A LA FECHA, o del vencimiento de la concesión ya que muchos de ellos tienen 20 años como mínimo desde su inhumación, HABIENDO TRANSCURRIDO EL PLAZO DE CADUCIDAD DE LA CONSECIÓN O DERECHO SIN RENOVACION, y que algunos panteones y/o nichos y/o sepulturas, no se encuentran en buen estado de conservación edilicia y/o estética (art. 50-Ord. 482/2002)”, expresaron en el comunicado.
En consecuencia, el municipio dispuso que da por acabadas las causales de concesión y derecho de uso de las siguientes sepulturas y nichos:
También puso un plazo de 30 días a los responsables de los espacios para presentarse a la municipalidad a partir de hacerse público el comunicado, es decir, desde hoy 4 de marzo del 2026.
Una vez pasado el periodo, se exhumarán los restos de personas fallecidas alojadas en dichos nichos, terrenos y panteones enumerados que no cumplan la ordenanza.
Edicto compartido por el municipio:





