Un ladrón no fue a la cárcel porque la víctima lo perdonó en la audiencia


El acusado y la mujer que sufrió el robo se abrazaron entre lágrimas y se pidieron disculpas ante la Justicia de Catamarca.


En 2019, un joven, que por ese entonces era menor de edad, ingresó a una vivienda por la puerta de ingreso de la cocina y se robó una suma de mil pesos. El ladrón fue atrapado y llegó a la audiencia de debate en el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil de Primera Nominación de Catamarca, acusado de robo

Pero lo novedoso fue que, durante el debate, la joven víctima disculpó al imputado y le dijo que no le tenía rencor y que ya había pasado su enojo. Según indicó el sitio Actualidad jurídica online, ante esto el juez resolvió no enviar al acusado a la cárcel, y aplicar solamente una pena simbólica de $2000 para el joven.

El tribunal a cargo del juez Rodrigo Morabito destacó que “esas son las bondades de nuestro régimen procesal penal juvenil” y consideró que “no existe un concepto de perdón universal, pero sí existe un concepto de perdón subjetivo; esto es que cada persona vive el perdón de una manera diferente y como lo siente.” 

En la sentencia remarca que para algunas personas “el proceso del perdón termina cuando consiguen que desaparezcan las emociones, conductas y pensamientos negativos que les produjo la ofensa, aquello que se conoce como malestar posterior a la ofensa ocasionada con el delito, en donde predominan emociones como la rabia, el odio, el dolor, las conductas de venganza o evitación, y los pensamientos en los que se revive constantemente la ofensa”.

“Ha sorprendido a este fiscal la manifestaciones de la damnificada en la audiencia de debate o dónde ha expresado que perdona al imputado la misma, se abrazó con un abrazo caluroso afectivo entre sollozos se pidieron disculpas, perdón», indica.

Además, concluyeron que «el fin no es la pena privativa de la libertad», sino que «hay medidas socio educativas que se pueden aplicar en sustitución de la pena de la privación de la libertad, analizando las características personales del imputado, antecedentes los informes que he mencionado”, según indica la resolución.

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