La Escuela de Abogados del Estado analizó en detalle la Ley de Modernización Laboral
Durante dos días de conferencias gratuitas, Carlos Toselli, Itatí Demarchi y Aníbal Paz detallaron y explicaron la reforma laboral (ley 27.802).
La Escuela de Abogados del Estado (EAE) analizó la reciente reforma laboral (ley 27.802), de la mano de tres disertantes invitados, Carlos Toselli, Itatí Demarchi y Aníbal Paz.
Fue en el marco de dos jornadas del ciclo de conferencias gratuitas, destinadas a evaluar los alcances de la Ley de Modernización Laboral.
Durante el segundo día, destacaron cambios críticos en tutelas sindicales, reducción de sanciones por prácticas desleales y la individualización de negociaciones colectivas.
Los tres coincidieron los especialistas en que la reforma, enfocada en la flexibilización, altera el equilibrio de las relaciones laborales.

La presentación de los expositores estuvo a cargo de la directora de la EAE, Mariana Boschetto, quien remarcó la contribución de la institución que representa a la difusión de un tema que ha suscitado interés a lo largo y ancho del país, como lo demuestra el importante número de inscriptos de todas las provincias.
La misma explicó:
“Trataremos la reforma donde aparece un fuerte intento de individualizar la vinculación laboral, quitándole el componente colectivo, por lo cual ahora los trabajadores podrán negociar de forma directa salario y forma. Por otra parte, se reflexionará acerca de cómo la afectación de un instituto esencial, como es la ultractividad, quedará limitada a las cláusulas normativas, mientras que las obligaciones solo lo harán de acuerdo expreso partes”.
La primera exposición corrió por cuenta de Carlos Toselli, decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba.
En síntesis, detalló que la reforma a la ley sindical 23.551 aparece como un fuerte intento de individualizar la vinculación laboral, quitándole el componente colectivo por lo cual ahora los trabajadores podrán negociar en forma directa, salario y jornada.
Indicó asimismo que se producirá “la afectación de un instituto esencial como es la ultractividad, que ahora quedará limitada a las cláusulas normativas, mientras que las obligaciones sólo lo harán por acuerdo expreso de partes”.
“De igual manera la limitación de los importes de las cuotas de solidaridad buscan afectar la financiación que tienen las entidades sindicales a la hora de encarar conflictos duraderos, todo lo que conforma un ataque hacia la libertad sindical”, agregó.


Por su parte, Aníbal paz, habitual conferencista en temas de derecho laboral, abordó de manera crítica y exhaustiva la reestructuración sistémica del derecho colectivo del trabajo introducida por la ley y estructuró el análisis sobre tres ejes que alteran el equilibrio histórico de las relaciones laborales.
Abordó también cómo la nueva exigencia de contar con la autorización previa del empleador (para definir horario, duración y lugar) y la expresa disposición de que el trabajador no devengará salario durante la misma, suponen una injerencia directa en la vida institucional de las asociaciones sindicales.
Mencionó también el impacto sobre el derecho de huelga y la desmesurada ampliación del catálogo de servicios esenciales y la novedosa categoría de “actividades de importancia trascendental”, entre otros temas.
Finalmente fue el turno de la actual presidenta del Colegio de Abogados de Villa María y asesora de distintas entidades sindicales, Itatí Demarchi:
“Desde una perspectiva teórica inicial, se parte de la noción de prácticas desleales como aquellas conductas que el ordenamiento jurídico identifica y sanciona por su aptitud para interferir, obstaculizar o debilitar el ejercicio de derechos colectivos, particularmente la organización sindical, la afiliación, la representación gremial y la negociación colectiva”.
Precisó que “en ese sentido, el régimen consagrado por la Ley 23.551 ha constituido históricamente una respuesta normativa destinada a preservar no solo derechos individuales afectados por actos antisindicales, sino también la propia estructura democrática del conflicto laboral”.

Aquellas personas que necesiten repasar conceptos vertidos por los expositores o volver a escuchar las conferencias, pueden ingresar en las cuentas oficiales de la Escuela de Abogados del Estado:

