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Animaron a denunciar cuando se quiera cobrar SADAIC en fiestas privadas


El decreto también especifica que los autores mantienen el derecho a recibir una remuneración equitativa cuando se obtenga beneficio económico directo o indirecto mediante el uso público de sus obras.


El gobierno nacional modificó la norma que regula la propiedad intelectual y el cobro por el uso de música en el ámbito privado, especialmente al pasar música en fiestas.

Los salones de fiestas no pueden exigir el pago del canon de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) como condición para realizar recepciones, eventos privados o firmas de contrato.

La medida también afecta al AADI CAPIF.

Los eventos de ámbito privado se refiere a una celebración donde no entra cualquier persona, no se está cortando tickets, ni cobrando entrada para ver a un artista.

Se trata de casamientos,  cumpleaños, recepciones, eventos privados quienes contratan a distintos actores que trabajan en el evento y dividen el costo entre todos, pero no está abierto al público.

Los clientes o salones que paguen o amenacen de cobrar, pueden acceder a una página para denuncias por cobro ante representación o ejecución de obras en un ámbito privado.

Es un canal oficial en argentina.gob.ar, perteneciente al Ministerio de Justicia: Link Denuncias cobro ante representación o ejecución de obras en un ámbito privado.

El texto oficial del decreto aclara que se considera “representación o ejecución pública” aquella que se realiza en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas, y que por lo tanto los eventos en ámbitos privados quedan exentos del pago de derechos a SADAIC.

De esta manera, salones de fiestas, reuniones familiares o celebraciones privadas ya no deberán abonar los aranceles que antes se cobraban por el uso de música registrada.

Además, aclara que las reproducciones con fines didácticos o conmemoraciones patrióticas en instituciones educativas quedan exceptuadas del pago.

El decreto también especifica que los autores mantienen el derecho a recibir una remuneración equitativa cuando se obtenga beneficio económico directo o indirecto mediante el uso público de sus obras.

Esta medida que fue decretada durante 2024 y 2025, impulsados desde la cartera de Desregulación y Transformación del Estado, generaron fuerte rechazo en la industria musical.

Afectan directamente a músicos, compositores y managers, que denuncian un retroceso en la protección de la propiedad intelectual.

Especialistas y representantes de la industria señalan que esto podría favorecer a grandes productoras de espectáculos y afectar la remuneración de los artistas en festivales y recitales.

Fuentes: Diario Junio / Telefé / Diario Mendoza / El Diario de Tandil / 

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