¿Cómo realizar el tramite de Recategorización Energética y acceder a los subsidios de luz y gas?
La segmentación se divide en tres grupos: ingresos altos, medios y bajos. Los usuarios deben completar un formulario de inscripción para revisar su situación. El fin de esta actualización es la redeterminación de la estructura de los subsidios, según la Audiencia Pública realizada el 29 de febrero de 2024 por el gobierno nacional.
El gobierno nacional, se encuentra actualizando la información de acuerdo a la Audiencia Pública realizada el 29 de febrero de 2024, para la redeterminación de la estructura de los subsidios.
Es por ello que desde la Provincia de Córdoba buscan brindar acompañamiento y asesoramiento para que los usuarios puedan revisar su situación y recategorizarse según su nivel actual de ingresos.
Está disponible para clientes de Epec y de las 204 cooperativas que prestan servicios.
Para hacer el trámite, debe ingresar: https://www.argentina.gob.ar/subsidios
Es importante que al comenzar, tengas a mano:
- El número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red.
- El último ejemplar de tu DNI.
- El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
- Los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
- Una dirección de correo electrónico.
- Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tené a mano el número de registro.
Una vez que posea los documentos necesarios, se debe seleccionar (en la página adjunta anteriormente) “Completar el formulario de Inscripción”.
Allí, en primer lugar, se deberá aceptar que la información proporcionada tiene carácter de declaración jurada y completar todos los datos solicitados.
Luego debe ingresar la información sobre el servicio de energía eléctrica, incluyendo la carga de capturas de pantalla del número de contrato y medidor presentes en la factura.
Finalmente, proporcionar los detalles del hogar de manera precisa y se envía la solicitud.
Al completar este proceso, se asignará un número de gestión y se podrá descargar una constancia del formulario en PDF.
Si ya realizaste este trámite anteriormente y experimentaste cambios en tus datos, deberás ingresar a “Modificar o eliminar la solicitud” para corregir la información.
¿Cómo se realiza la segmentación?
Se establecieron tres grupos:
Segmento de ingresos altos
Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
- Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $2.706.847,85 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $3.302.354,38.
- Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
- Tener 3 o más inmuebles.
- Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
Segmento de ingresos medios
Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos mensuales totales entre $773.385,10 y $2.706.847,85 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $1.160.077,65 y $2.706.847,85 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 2 inmuebles.
- Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
Segmento de menores ingresos
Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:
- Ingresos netos menores a $773.385,10 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).
Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $1.160.077,65 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 1 inmueble.
- No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Dentro de este tercer grupo, son incluidos los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
- Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
- Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $1.160.077,65 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
- Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.
Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $773.385,10 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
Excepciones a la inscripción
Existe un caso en el cuál no se debe llenar el formulario de inscripción.
Esta es para los domicilios que funcionan como una entidad de bien público, por lo que no corresponde hacer el trámite.
Se puede solicitar la tarifa diferencial para entidades, este es dirigido a Asociaciones Civiles, Simples Asociaciones, Fundaciones y Organizaciones Comunitarias sin fines de lucro.
La tarifa diferencial se podrá solicitar si:
- Las actividades que brinden no estén aranceladas.
- No sean instituciones educativas de carácter privado.
- No hayan sido creadas por una empresa comercial, bancaria, productiva, o de servicios con fines de lucro.
- No tengan su sede central en el extranjero.
- No sean entidades religiosas, las que se tramitan a través de la Secretaría de Culto.
Fuentes: Gobierno de la Provincia de Córdoba / Argentina.gob.ar