Capilla de los Remedios habilitó las salidas de esparcimiento

En primer momento las autoridades no lo habían permitido. De todas maneras advierten que la medida será suspendida en caso de incumplimientos.


La Comuna de Capilla de los Remedios había sido la única localidad del Departamento Río Primero que no había adherido a la disposición del COE Central sobre las salidas de esparcimiento.

En su momento la autoridades habían argumentado cierto «relajamiento» por parte de los vecinos ante las medidas de prevención del coronavirus.

Finalmente, durante la jornada de hoy se dio a conocer que en este pueblo se podrán realizar las caminatas siempre y cuando se cumpla con el protocolo establecido para las mismas.

El protocolo publicado por la comuna es el siguiente:

-Se permiten las salidas y caminatas de esparcimiento en el pueblo y dentro de su radio urbano, los días sábados y domingos en el horario de 9.00 a 17.00 hs.

-Así, se permite la realización de caminatas de hasta sesenta (60) minutos, sin que se pueda efectuar reuniones o encuentro sociales en espacios públicos y privados, empleo de juegos de uso común en plazas o espacios públicos, como así tampoco circunstanciales, esporádicos ni continuados encuentros o rondas de mate, picnic o semejantes. Lo permitido de hacer, persigue la realización de la persona y su núcleo familiar, sin que se autoricen aglomeraciones de personas.

-En todos los casos, deberá respetarse la distancia entre personas que no conforman un núcleo familiar y que vivan en una misma residencia.

-Las salidas lo serán por el tiempo limitado y permitido, con el uso de barbijos o tapabocas y en un marco de responsabilidad personal y social de aislamiento. De esta manera, se mantendrá distancia entre vecinos y con otras personas, evitando contacto interpersonal.

-Habrá un constante control de esta medida y del comportamiento comunitario, por parte de las autoridades comunales, judicial, policiales y educativas locales procurando el pleno cumplimiento de ésta y el resguardo de la comunidad.

-Su incumplimiento o exceso por parte de los vecinos, justifica la suspensión de lo permitido.

Suspensión de medidas de esparcimiento:

En caso de incumplimiento, excesos o desbordamiento de la medida permitida que importe aglomeración de personas, incumplimiento de horarios, extensión de permisos, conductas irresponsables y que degraden el resguardo de seguridad, higiene y preservación común de la salud, inmediatamente la Autoridad Comunal podrá disponer la suspensión de esta medida, dejándola sin efecto y restringiendo nuevamente toda salida autorizada u otras medidas que estime conveniente, dando inmediato aviso a las autoridades policiales y Ministerio Público Fiscal a los fines de la intervención de su competencia.

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