Podrán circular para ver a sus hijos, los padres que estén separados

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación difundió un formulario de declaración jurada que debe presentarse para justificar el movimiento.


El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación resolvió una serie de excepciones al Decreto N° 297/2020 en lo referido al aislamiento social en casos de asistencia de niños, niñas y adolescentes por parte de sus progenitores o tutores, según se informó este sábado oficialmente

La norma establece que el progenitor, referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado, debe tener en su poder una declaración jurada a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con el Documento Nacional de Identidad del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa de ese movimiento.

El formulario de esta declaración se encuentra en la página web del ministerio.

Fuente: Cadena 3

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